Carta de solidaridad
CARTA DE SOLIDARIDAD CON LÍDERES DE AZUAY DEFENSORES DEL AGUA
CARTA DE SOLIDARIDAD CON LÍDERES DE AZUAY DEFENSORES DEL AGUA
Estimados compañeros y compañeras
El proceso de judicialización contra
tres defensores del agua líderes de Azuay (Carlos Pérez, Federico
Guzmán y Efraín Arpi) se encuentra en el punto de aplicación de la
sentencia la misma que ordena prisión de un año para ellos (aun cuando
considerando que las acciones realizadas por los tres líderes son de
carácter “altruista” ésta se
rebaja a 8 días, señala paradójicamente el dictamen de los jueces).
rebaja a 8 días, señala paradójicamente el dictamen de los jueces).
Se ha preparado una carta de solidaridad
con los tres compañeros con el fin de recibir adhesiones de personas,
organizaciones, redes, colectivos, etc, tanto dentro del país como a
nivel internacional, y que permita presentarla -con un amplio respaldo- a
las autoridades que tienen responsabilidad sobre estos hechos y a la
opinión pública.
Las confirmaciones de apoyo hay que hacerles llegar a la brevedad posible a Luisana Aguilar de Cedhu: cedhu@cedhu.org
Si además quisieran enviar un mensaje directo a los compañeros, ésta es la dirección de Carlos: carlosperezunagua@gmail.com
en solidaridad
Ricardo Buitrón
en solidaridad
Ricardo Buitrón
CARTA DE SOLIDARIDAD
ECUADOR: APRESADOS TRES DEFENSORES DEL AGUA
POR OPONERSE A PROYECTO MINERO
PARADÓJICAMENTE, EL JUEZ RECONOCE QUE SU CAUSA ES “ALTRUISTA”
Hemos sido informados sobre la
situación en que se encuentran tres líderes sociales de la provincia del
Azuay, Carlos Pérez Guartambel, Federico Guzmán Paute y Efraín Arpi
Soria, con sentencia condenatoria a causa de su liderazgo en procesos
comunitarios que defienden las fuentes de agua amenazadas por
actividades mineras a gran escala en el páramo de Kimsakocha. Conocemos
asimismo que el proceso judicial que se instauró contra ellos desde mayo
de 2010 presenta graves irregularidades que ponen en duda la
imparcialidad del sistema judicial.
Como organización comprometida con la
defensa de los derechos humanos y de la naturaleza nos preocupa que esto
ocurra en un país como Ecuador, que ha ratificado múltiples tratados
internacionales que garantizan los derechos humanos y de quienes son sus
defensores; que tiene una Constitución que establece el derecho
fundamental al agua, garantiza la soberanía alimentaria, reconoce el
derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder
público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que
vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales.
Más aún, la Asamblea Constituyente de 2008 otorgó amnistías a cientos de personas defensoras de la naturaleza reconociendo que “varios
hombres y mujeres de nuestro país se han movilizado en defensa de la
vida, de los recursos naturales y el ambiente; en contra de las
compañías que han devastado el ecosistema, movidos por la desatención y
el abandono; los afectados han realizado varias acciones de resistencia y
protestas (primer considerando), así también, que “algunos de
ellos han sido reprimidos y luego enjuiciados por delitos políticos y
comunes conexos con los políticos, en algunos casos por compañías
nacionales y extranjeras, en otros por intermediarios e inclusive por
funcionarios públicos (segundo considerando)
Desconociendo este precedente jurídico
y el nuevo marco constitucional, desde el 2009 surgieron nuevos casos
de criminalización en similares contextos de defensa de la naturaleza y
los derechos comunitarios y colectivos; uno de ellos es el de los
dirigentes sociales Carlos Pérez Guartambel, Federico Guzmán Paute y
Efraín Arpi Soria, reconocidos líderes de las parroquias Victoria del
Portete y Tarqui, donde ante las amenazas de un proyecto minero de
escala industrial se han impulsado iniciativas de articulación y
movilización creativa y no violenta en defensa del agua, como es la
realización el 2 de Octubre de 2011 de la primera consulta comunitaria
del Ecuador sobre minería, en la que el 93% de la población se pronunció
en contra de la actividad minera a gran escala en sus territorios. Con
pasos como éste la lucha comunitaria por el agua ha logrado hasta ahora
salvaguardar a Kimsakocha de ser destruido por la minería.
El proyecto minero Kimsakocha fue
concesionado en el año 2001, en medio de denuncias de ilegalidad, a la
empresa Iamgold -hoy asociada con INV Metals, también canadiense- que
utilizará grandes cantidades de agua y provocará su contaminación y
acidificación así como la destrucción de sus nacientes.
En los páramos de Kimsakocha nacen 2
de los 4 ríos que pasan por la ciudad de Cuenca y abastecen de agua para
uso doméstico y riego a numerosas comunidades indígenas que viven de la
agricultura y la ganadería.
Cronología de un proceso judicial viciado
Por esta causa Carlos Pérez Guartambel
sufrió una detención arbitraria en 2009. Posteriormente, el 4 de mayo
de 2010, durante la movilización no violenta realizada en oposición al
proyecto oficial de Ley de Aguas, la misma que es reprimida por la
policía, da lugar a que se inicie el procesamiento judicial contra
Carlos Pérez, Federico Guzmán y Efraín Arpi. Al momento de la detención
de los tres líderes en Tarqui, en el parte policial se anota la supuesta
causa: “sedición, alteración del orden público, agresión a miembros
policiales y destrucción de bienes públicos, paralización y
obstaculización de servicios públicos”.
El mismo día, el Juez II de Garantías
Penales, acogiendo la acusación de la fiscalía dicta orden de prisión
preventiva por el delito de sabotaje y terrorismo a los servicios
públicos tipificado en el artículo 158 del Código Penal. El 7 de mayo,
ante una acción de amparo de libertad solicitada por los procesados, el
presidente de la Corte Provincial del Azuay, revoca la prisión
preventiva. Veinte días después el mismo Juez II de lo Penal, en
respuesta a un nuevo pedido de prisión preventiva por el fiscal, dicta
medidas alternativas: abstenerse de concurrir al lugar de la protesta,
prohibición de salir del país y obligación de presentarse en la fiscalía
cada 8 días.
El 28 de junio el mencionado juez
penal llama a juicio y otra vez dicta orden de prisión preventiva. El 1
de julio el juez concede fianza carcelaria a solicitud de los
procesados, aduciendo que “el delito que inicialmente se acusó por
terrorismo y sabotaje, se cambió por lo tanto se admite la caución”. El
24 de agosto, el primer tribunal de garantías penales del Azuay, pese a
fuertes presiones políticas, confirma la inocencia de los tres líderes.
El 27 de agosto la Fiscalía XI de lo
penal del Azuay interpone recurso de casación ante la Corte Nacional, la
misma que en vez de desechar el recurso por mal interpuesto corrige al
fiscal que no debe casar la sentencia sin antes haber agotado otros
recursos y sugiere apelar ante la Corte Provincial; efectivamente el
fiscal apela la sentencia ante la sala segunda de lo penal de Cuenca,
que acepta el recurso de apelación y revoca el fallo del Tribunal Penal
condenando a un año de prisión a los acusados y agrega que por ser una
lucha altruista en defensa del agua, rebaja la pena a 8 días.
El 14 de agosto de 2012, la Sala Penal
de la Corte Nacional con voto de mayoría de los doctores Merino e
Iñiguez, desecha la casación y condena a prisión a los líderes
indígenas, defensores del agua y la pachamama; mientras que el juez Blum
con voto de minoría declara la nulidad del proceso por interponer mal
la fiscalía el recurso de casación en vez de apelación. El 15 de enero
de 2013 son notificados con la sentencia condenatoria y se apresta a la
ejecución de la sentencia.
Este hecho sienta un grave precedente
judicial para el movimiento social ecuatoriano pues conculca el derecho a
la resistencia y a la protesta social pacífica, más todavía si se
aprueba el proyecto de código penal propuesto por el ejecutivo, que
acumula y endurece las penas en la mayoría con sanciones de prisión.
Nuestro reclamo y exigencia:
Vemos con profunda preocupación que se
vulnere el derecho a la resistencia contra proyectos de minería
industrial, como el que se pretende implementar en los páramos de
Kimsacocha, afectando los sistemas de agua comunitarios. No podemos
aceptar que el ejercicio de los derechos establecidos en la Constitución
ecuatoriana se traduzca en acciones represivas que terminan
criminalizando a quienes defienden la naturaleza y los derechos de las
comunidades.
Condenamos la sentencia contra los tres líderes defensores del agua en Azuay, más aún cuando ésta reconoce su inocencia al agregar que “en
consideración a las condiciones humanas de los procesados, esto es, por
tratarse de personas que no constituyen peligro para la sociedad, y que
las motivaciones para su inconducta fueron de carácter altruista y
social, en defensa del agua (…) ve como atenuante y rebaja la pena a 8 días”.[1]
Censuramos la actuación parcializada
de operadores de justicia como resultado de la falta de independencia
judicial que corresponde a un estado constitucional de derechos. Por
ello, denunciamos a la comunidad internacional esta condena judicial y
el riesgo que corren centenares de líderes sociales que son víctimas de
persecución judicial.
Sentencia (proceso 128-11) dictada por la Sala Especializada de lo
Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay. Página 29
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